- 23 de abril de 2024 -
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Actualización para jubilados que cobran la mínima

2018-01-10 | Marcelo Colombo

 Desde hoy, algo más de 1,3 millones de jubilados y pensionados cobrarán sus haberes de este mes con un incremento de hasta $544 (en promedio, la mejora será de $528) respecto del ingreso percibido entre septiembre y diciembre últimos. Se trata de las personas que están alcanzadas por la garantía de no cobrar menos que el 82% del salario mínimo, vital y móvil, que fue dispuesta por la controvertida ley previsional aprobada por el Congreso en los últimos días de 2017.

 
Este mes, y según está dispuesto ya desde mediados del año pasado, el salario mínimo se incrementó de $8860 a $9500. De esta manera, el ingreso jubilatorio garantizado, que no rige para quienes hayan accedido a su prestación a través de una moratoria, queda en $7790 (el 82% de $9500). Por eso, la mejora llegará para quienes cobren un monto inferior a esa cifra.
 
Según informó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), las personas alcanzadas por el aumento de este mes son 1.328.707, en tanto que la medida implicará una erogación de $ 697 millones mensuales. El cronograma de pago para este grupo de jubilados comienza hoy y se extiende hasta el martes 23.
 
La suba llegará a quienes hayan hecho aportes al menos durante 30 años, aunque también -según se aclaró- a quienes cobren una prestación por invalidez o por fallecimiento, derivada de haber existido aportes hechos en forma regular (aun sin que se cumpla en estos casos el requisito de los 30 años), y a quienes accedieron a la jubilación con una cantidad menor de aportes porque el régimen específico de su actividad así lo permitía (por tareas insalubres, por ejemplo).
 
El alcance no había quedado claro en la ley 27.426, que se refiere a la condición de haber acumulado 30 años de aportes. El director de la Anses, Emilio Basavilbaso afirmó que para aplicar la normativa se optó por la interpretación más abarcativa, que implica incluir a los grupos descriptos en el párrafo anterior. Sí quedan al margen (como ya lo aclaraba la ley) quienes se jubilaron en los últimos años por haber adherido a una moratoria (porque no habían hecho ningún aporte o porque sí tenían algunos, pero no los suficientes para obtener la prestación en forma regular).
 
A partir de ahora, cada vez que se eleve el monto del salario mínimo deberá cumplirse con la garantía legal del 82 por ciento. En marzo próximo, cuando se aplique el incremento de haberes jubilatorios según la fórmula de movilidad, muchas de estas personas no volverán a recibir una mejora, sino que seguirán cobrando el ingreso de $7790 mensuales hasta mayo (en junio habrá un nuevo ajuste por movilidad). Sí cobrarán alguna diferencia en marzo quienes en diciembre tenían un haber tal que al sumarse la suba del 5,7% (el resultado que da la fórmula de movilidad para el tercer mes del año) resulte superior a la cifra que cobrarán este mes.
 
Por ejemplo: quienes percibieron hasta diciembre el haber mínimo, de $7246 mensuales, y están incluidos en la garantía cobrarán $7790 hasta mayo, porque la suba por movilidad de marzo aplicada sobre el ingreso de diciembre arroja un monto inferior al 82% del salario mínimo. De hecho, para los jubilados por moratoria que cobran el haber mínimo, la primera suba del año será en marzo y llevará el ingreso a $7659.
 
En cambio, alguien que hasta diciembre cobraba $7600 y ahora le aumentan a $7790, comenzará a percibir en el tercer mes del año un haber de $8033, que es la cifra que resulta de aplicar el 5,7% al ingreso cobrado en diciembre y que supera el haber garantizado.
 
En julio, el salario mínimo será elevado a $10.000. Por tanto, el ingreso jubilatorio garantizado será de $8200. Como -según se estima- el haber mínimo no habrá alcanzado para ese entonces esa cifra, en ese mes deberá nuevamente ponerse en práctica el pago de un monto adicional para cumplir con la garantía prevista por la ley.
 
Según explicó Basavilbaso, el cobro de la diferencia entre lo que se venía percibiendo y los $7790 estará desagregado en el recibo de cobro de los jubilados. Y el monto también tendrá el descuento para financiar al PAMI.
 
Además de dar la garantía de un ingreso de al menos el 82% del salario mínimo, la nueva ley jubilatoria modificó la fórmula de cálculo de la movilidad. A partir de este año se otorgarán recomposiciones en forma trimestral (en marzo, junio, septiembre y diciembre), a diferencia del régimen que estuvo vigente entre 2009 y 2017, que preveía subas en marzo y septiembre.
 
Y la nueva cuenta contempla dos variables: se suma el 70% de la variación trimestral que haya tenido el índice de inflación (con seis meses de rezago) y el 30% de la evolución registrada por el Índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
 

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