- 02 de mayo de 2024 -
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Se flexibiliza la cuarentena para el interior de la Provincia

2020-05-05 |
El gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, junto al ministro de Salud, Carlos Parola, y Juan Carlos Bossio, jefe del Departamento de Programas de Salud del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) "Emilio Coni", brindaron un informe de la situación provincial frente a la pandemia, y anunciaron nuevas actividades exceptuadas en el marco del Decreto Nacional 408/20.
 
Tras unas placas que mostraron la evolucion del coronavirus en la provincia presentadas por Juan Carlos Bossio, el gobernador Omar Perotti explicó que habrá desde el miércoles nuevas actividades exceptuadas en la mayoría de las localidades provinciales a excepción de los grandes conglomerados de Rosario y Santa Fe. 

a) ejercicio de profesiones liberales, disponiendo la organización de turnos de atención, si correspondiere, y modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del coronavirus COVID-19.

Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente inciso deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades profesionales exceptuadas por la presente, que se autorizan días y horas análogas a los establecidos para las entidades bancarias en la localidad;
 
b) actividad inmobiliaria: con turno previamente establecido, cumplimentando las medidas de prevención sanitarias y el distanciamiento personal, con ingreso a los locales comerciales exclusivamente en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota; a los fines de visitas a inmuebles, los mismos deberán estar desocupados,
Sólo podrá concurrir un (1) representante de la firma y acompañar a una (1) persona por vez, cumplimentando el uso de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y guardando el distanciamiento personal;
 
c) mudanzas: a través de empresas o fletes autorizados para la actividad, exclusivamente dentro de la provincia; resguardando el cumplimiento de las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias y el distanciamiento personal;
 
d) servicios de peluquería, manicuría, cosmetología y podología: con turno previo, cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y el distanciamiento personal, con no más de dos (2) personas por puesto de trabajo incluido el prestador del servicio, hasta un máximo de ocupación del cincuenta por ciento (50%) de la superficie del salón habilitado al público;
 
e) comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, cumplimentando el uso obligatorio de los elementos de protección de nariz, boca y mentón y el distanciamiento social; los días lunes a viernes, ambos inclusive, en el horario de catorce (14) a diecinueve (19) horas y los días sábado en el horario de diez (10) a dieciocho (18) horas;
 
f) obras privadas con no más de cinco (5) trabajadores, profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneamente en el lugar, y siempre que los trabajos no impliquen ingresar a viviendas con residentes, locales o establecimientos en funcionamiento.

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